DEFENSA FISCAL PARA EMPRESAS EN MÉXICO

Abogados fiscalistas para tu empresa, especializados en atender créditos fiscales de empresas en México emitidos por el SAT, IMSS o INFONAVIT.

Si recibiste un crédito fiscal, un requerimiento del SAT, IMSS o INFONAVIT, o te suspendieron tu certificado de sello digital, los plazos legales ya están corriendo.

Revisamos tu caso y diseñamos una ruta de defensa antes de que se cierren las opciones.

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Llegó una notificación al buzón tributario. Un crédito fiscal del SAT, capitales constitutivos del IMSS o diferencias del INFONAVIT, con una cifra que no reconoces y que ya trae actualización, recargos y multas.

Antes de que hagas cualquier cosa, esto es lo que necesitas saber: que te hayan determinado un crédito fiscal no significa que lo debas. Es común que estos créditos tengan errores de cálculo, notificaciones mal practicadas o que la autoridad no haya respetado el procedimiento. También es común que la empresa sí tenga cómo comprobar las operaciones que le están cuestionando. Todo eso se puede pelear, pero tiene fecha límite. Si el plazo vence sin que presentes defensa, el crédito queda firme y lo vas a deber completo, aunque haya estado mal calculado desde el principio.

“Contra el SAT no se puede ganar.”

Sí se puede, y pasa todos los días en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La ley le exige a la autoridad cumplir requisitos estrictos para poder cobrarte: notificar correctamente, fundamentar cada cantidad, respetar plazos y darte oportunidad de comprobar. Cuando la autoridad falla en alguno de esos puntos, y falla con más frecuencia de la que te imaginas, el crédito se anula total o parcialmente.

Eso es la defensa fiscal. Y su efectividad aumenta en un 90% cuando se hace a tiempo.

Esto es para ti si:

  • Te llegó una carta invitación del SAT o un requerimiento por diferencias entre tus ingresos y lo que facturaste, y no sabes si es grave o rutina.
  • Te notificaron un crédito fiscal con recargos y multas por una cantidad que no reconoces o que no puedes pagar.
  • Intentaste facturar y no puedes: te suspendieron o cancelaron los sellos digitales (CSD) sin que sepas bien por qué.
  • Fuiste al banco o intentaste hacer una transferencia y descubriste que el SAT congeló tus cuentas bancarias.
  • El IMSS te determinó capitales constitutivos o diferencias de cuotas tras una revisión, o el INFONAVIT te requirió aportaciones que según tú ya pagaste.
  • Recibiste la visita de auditores del SAT en tu domicilio (visita domiciliaria) o te pidieron contabilidad y documentos por buzón (revisión de gabinete), y sientes que va mal encaminada.
  • Un proveedor tuyo apareció en la lista negra del SAT (69-B) y ahora te están rechazando o cuestionando las facturas que le pagaste.
  • Tu contador te dijo que “ya no hay nada que hacer” o que “hay que pagar todo”, y quieres una segunda opinión legal antes de firmar o pagar.
  • Ya pagaste o firmaste un convenio por miedo y quieres saber si algo se puede recuperar o corregir.

Esto no es para ti si:

  • ×Tu plan es cerrar la empresa y abrir otra razón social para dejar la deuda atrás. Eso no borra el adeudo: la ley permite cobrárselo a los socios y administradores, y el intento agrava tu situación.
  • ×Te dijeron que “un gestor lo arregla por dentro” o que conocen a alguien en el SAT. Ese camino se llama de otra forma en el Código Penal, y nosotros no participamos en él.
  • ×Tu estrategia es no darte por notificado y dejar que pase el tiempo. El plazo corre igual aunque no abras el buzón, y cuando venza, la deuda queda firme con todo y recargos.

Nuestra postura es simple: lo que sí se debe se negocia y se paga en condiciones razonables, y lo que no se debe se pelea. Todo dentro de la ley, porque es la única defensa que se sostiene.

Reformas fiscales · Suspensión de sellos digitales

Las reformas contemplan un procedimiento mediante el cual la autoridad puede:

Las reformas recientes al Código Fiscal de la Federación (artículos 17-H y 17-H Bis) otorgan al SAT facultades más amplias sobre el certificado de sello digital (CSD) de cualquier contribuyente. Esto significa que puede intervenir tu capacidad para emitir facturas electrónicas (CFDI) aun antes de una auditoría formal.

  • Suspender tu certificado de sello digital (CSD), impidiendo la emisión de CFDI.
  • Aplicarlo antes de iniciar formalmente una revisión o auditoría fiscal.
  • Si presume operaciones simuladas o compra de facturas (EFOS / EDOS).

Es decir:

Te pueden impedir facturar antes de auditarte, y esto te paraliza: ventas, flujo, operación y relación con clientes.

Qué obtiene tu empresa con una defensa fiscal bien llevada

  • Claridad desde el primer día. Con la revisión sabes qué te están cobrando, qué es defendible y qué no. La incertidumbre desgasta más que el propio adeudo, y es lo primero que se termina.
  • La operación protegida. Antes de pelear el fondo del asunto, la prioridad es que puedas seguir facturando y con cuentas libres. El negocio no se detiene mientras se litiga.
  • Pagar solo lo que corresponde. A veces el crédito se anula, a veces se reduce, a veces se negocia en parcialidades. En cualquier escenario, terminas pagando una cifra real y no la que llegó en el oficio.
  • Una empresa mejor preparada. Un caso bien llevado deja a tu empresa documentada. Si vuelve a haber una revisión, te encuentra listo.

Cómo funciona la Revisión de Caso y Documentación

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Primera sesión: entendemos tu caso.

Nos explicas tu situación y te hacemos las preguntas estratégicas para dimensionarla: qué te notificaron, cuándo, qué ha respondido tu empresa y qué documentación existe. Desde antes de esta sesión firmamos contigo un convenio de confidencialidad (NDA): todo lo que nos cuentes está protegido, trabajemos juntos o no.

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Estudio del expediente.

Te pedimos la información y documentos del caso y los analizamos a fondo: la validez de la notificación, los fundamentos del crédito, tus plazos exactos y las pruebas con las que cuentas.

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Tu ruta de defensa, en 5 a 7 días hábiles.

Te entregamos el resultado del estudio: qué tan defendible es tu caso, cuál es la vía correcta —aclaración, recurso, juicio o regularización—, el plan de trabajo por etapas y la inversión de cada una. Con eso decides con información completa, no con miedo ni con prisa.

Y una regla a tu favor: si decidimos trabajar juntos, el costo de la Revisión se abona al plan de trabajo. El estudio no es un gasto extra: es el primer paso de tu defensa.

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El primer paso no es contratar un juicio, es saber qué tienes enfrente. En la Revisión de Caso y Documentación analizamos tu notificación, tus plazos y tus pruebas. Sales sabiendo tu ruta de defensa y cuánto cuesta cada opción, con tiempo para decidir bien.

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